El juicio por la muerte de Diego Armando Maradona sumó este miércoles una nueva controversia luego de que, durante una audiencia, se detectara que la junta médica interdisciplinaria había analizado estudios clínicos que no pertenecían al exfutbolista, sino a su padre, conocido como Don Diego.
El hallazgo se produjo durante la declaración de uno de los 20 peritos que integraron la junta médica creada para analizar el expediente. El especialista hablaba sobre la función renal de Maradona y mencionó estudios realizados entre 2012 y 2015 que, según la documentación incorporada a la causa, correspondían al exfutbolista. Sin embargo, uno de los abogados advirtió que el número de afiliado que figuraba en esos informes no coincidía con el que tenía Diego.
La documentación cuestionada pertenecía en realidad a Diego Maradona padre, quien también había sido atendido por Swiss Medical y falleció en junio de 2015, a los 87 años. La coincidencia en el nombre habría sido el origen de la confusión.
La irregularidad se volvió preocupación central porque el nefrólogo Hernán Trimarchi, integrante de la junta médica, había sostenido durante su declaración que Diego Maradona padecía una falla renal crónica. Esa conclusión había sido vinculada con los estudios que ahora se detectó que correspondían a su padre.
Además, existen inconsistencias temporales que deberán ser analizadas. Algunos de los estudios atribuidos al exfutbolista fueron realizados en Argentina entre 2012 y 2015, cuando Maradona residía en distintos períodos en el exterior y, particularmente, se encontraba viviendo en Dubái mientras trabajaba como entrenador.
El abogado Nicolás D’Albora, representante de Nancy Forlini, una de las profesionales acusadas, pidió que el tribunal coteje los números de afiliado consignados en el expediente y los registros de la Dirección Nacional de Migraciones para determinar si Diego efectivamente se encontraba en el país en las fechas de los estudios.
La junta interdisciplinaria había analizado el estado de salud de Maradona y el tratamiento que recibió antes de su muerte, y sus conclusiones fueron utilizadas para evaluar la actuación de los profesionales que lo atendieron.
Entre sus conclusiones, la junta había señalado que el tratamiento con medicamentos psicotrópicos requería un control médico y bioquímico estricto para prevenir posibles efectos adversos.
Sin embargo, el hallazgo de documentación médica perteneciente a otra persona no implica por sí mismo que todas las conclusiones de la junta sean inválidas. Lo que deberá determinarse es qué estudios fueron utilizados, si el informe equivocado influyó efectivamente en las conclusiones de los peritos y qué valor probatorio puede conservar esa parte de la pericia.
