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TRAGEDIA EN CERCANÍAS A CHEPES: FAMILIARES DE LAS DOS VÍCTIMAS FATALES PIDEN QUE EL STJ RESUELVA UN RECURSO DE CASACIÓN

Se trata de una causa donde el pasado 8 de septiembre de 2022, un camionero  fue condenado a la pena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo,  más inhabilitación especial por el término de ocho años para conducir vehículos automotores de todo tipo, por el delito de Doble Homicidio Culposo.

La sentencia aún no está firme, dado que la defensa interpuso un recurso de casación, razón por la cual  los familiares no pueden tener acceso al resarcimiento económico.

 

Transcurrieron casi 8 meses desde que se dictó la sentencia, oportunidad que el abogado defensor anunció interponer un recurso de casación ante el Superior Tribunal de Justicia y aun se espera la resolución del máximo órgano judicial de la provincia de La Rioja.

 

Cabe recordar que en la mañana del jueves 8 de septiembre, la Juez de Cámara Dra. María Alejandra López, resolvió condenar a 4 años de prisión al camionero Scripponi Juan Miguel por el delito de Doble Homicidio Culposo.

 

Dadas la características especiales del caso desarrollado, en los considerandos de la presente, en lo que se refiere al lugar; producción del evento en las circunstancias que acaeció el hecho, lugar de los sucesos; por ser autor penalmente responsable del delito de “Doble Homicidio Culposo” (dos hechos) en concurso ideal, previsto y penado (el Art. 84 y art 54 del CPA); en perjuicio de quienes fueran en vida, los jóvenes, Espinoza Alberto Ceferino y Cuello Emanuel David.

 

El hecho tuvo lugar el día viernes 17 de Enero del 2014, entre la 01:30 y 01:50 hora aproximadamente sobre Ruta Provincial Nº 29, cardinal Norte, entre el paraje Bajo Grande y la localidad de El Barreal, a 14 y/o 15 km aproximadamente de esta ciudad, Dpto. Rosario Vera Peñaloza, donde se producen los fallecimientos instantáneos de quienes en vida fueron Espinoza Alberto Ceferino, y Cuello Emanuel David, como consecuencia de los severos traumatismos descriptos por el médico forense.

 

Asimismo, dado que a la fecha del dictado de la resolución, el Sr. Scripponi goza de libertad, debe permanecer en esta situación, hasta quedar firme la Sentencia; debiendo comunicar real residencia la que no podrá abandonar sin previa comunicación a la Cámara, bajo apercibimiento; debiéndose por secretaria confeccionar el acta pertinente, mencionando que no se decreta prisión preventiva.

 

Una vez firme la Sentencia penal, se procederá a su formal detención, y traslado para cumplimiento de la pena al Servicio Penitenciario de la Provincia de La Rioja; debiendo por Secretaria oficiar de estilo al Juez de Ejecución Penal, a sus efectos, en su caso e imponer al Juez de Ejecución, se obligue a Sr. Juan Miguel Scripponi, a ser sometido a un tratamiento psicológico y psiquiátrico, en su caso que le permita rehabilitarse para beneficio de la sociedad, mediante informes periódicos, que serán condición necesaria, ante la eventualidad de pedir libertad condicional, por su edad e invocación de causa especial.

 

Finalmente, se hizo lugar de forma parcial “acción civil por muerte de Alberto Ceferino Espinoza y David Emanuel Cuello”, en contra de Scripponi y/o Aseguradora Federal Argentina S.A.; prosperando rubros: Valor vida- Daño material; suma dineraria que deberá ser pagada, en el término de Diez días de quedar firme la presente Sentencia.

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