El máximo tribunal aceptó intervenir en instancia originaria en la causa que La Rioja inició por la retención del Fondo Nacional de Incentivo Docente y el Programa de Compensación Salarial. Sin embargo, rechazó el trámite expedito del amparo y ordenó que el reclamo se sustancie como juicio ordinario, lo que posterga una resolución de fondo.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró que le corresponde intervenir en instancia originaria en la causa «La Rioja, Provincia de c/ Estado Nacional s/ amparo» (CSJ 217/2024), la demanda que el gobierno de Ricardo Quintela había iniciado contra la administración de Javier Milei por la retención de fondos educativos.
El fallo, fechado el 10 de septiembre de 2026 y firmado en el marco del acuerdo del tribunal, resolvió dos cuestiones centrales. Por un lado, aceptó que la causa tramite ante la Corte en competencia originaria. Por otro, rechazó la vía expedita del amparo que había elegido la Provincia y ordenó que el reclamo se canalice «por vías que no limiten los mecanismos procesales a los previstos para la acción aquí esgrimida», disponiendo que el expediente se sustancie mediante el trámite del juicio ordinario previsto en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
Para fundamentar la decisión, los jueces remitieron a los argumentos ya fijados el mismo día en la causa CSJ 613/2024, «Buenos Aires Provincia de c/ Estado Nacional s/ acción declarativa de inconstitucionalidad», «con el propósito de evitar repeticiones innecesarias». El tribunal citó además el precedente de Fallos: 344:1928 para sostener el criterio de reencauzamiento procesal.
En la parte resolutiva, la Corte dispuso comunicar el inicio de la demanda a la Procuración del Tesoro de la Nación, conforme a los artículos 8° y 10 de la ley 25.344, y notificar a la Procuración General de la Nación.
- Antecedentes de la causa
El expediente CSJ 217/2024 se originó en el reclamo de La Rioja por la retención del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID) y el Programa de Compensación Salarial Docente, recortes que impactaron directamente en el pago de haberes a los docentes provinciales tras la decisión de la gestión Milei de frenar esas transferencias. En marzo de 2026, la procuradora fiscal Laura Monti había dictaminado a favor de que la causa tramitara en la instancia originaria de la Corte, un dictamen que en su momento fue leído en La Rioja como un respaldo institucional al reclamo del gobernador.
El fallo del 10 de septiembre confirma ese criterio, pero introduce un matiz relevante para la estrategia judicial provincial: al descartar la vía del amparo —pensada para resolver con celeridad— y derivar la causa al trámite ordinario, la Corte despeja un obstáculo procesal pero también abre un horizonte de años antes de que exista una sentencia sobre el fondo del reclamo.
