Un fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal puso un freno a parte del DNU 70/2023 impulsado por el Gobierno nacional, al suspender la posibilidad de vender medicamentos fuera del ámbito farmacéutico. La decisión representa un revés para una de las reformas más cuestionadas del decreto.
La medida cautelar, dictada por la Sala I del tribunal a raíz de una presentación realizada por la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica de la República Argentina (FEFARA), anula la autorización para que analgésicos y antiácidos —aún siendo de venta libre— puedan comercializarse en kioscos, supermercados u otros comercios.
Con la suspensión, vuelve a aplicarse el esquema previo al DNU: esos medicamentos solo podrán ser vendidos en farmacias habilitadas y bajo la supervisión de un profesional farmacéutico.
La resolución alcanza a los artículos 313, 314, 315, 316, 317, 319, 320, 321, 323 y 324 del decreto, así como a sus reglamentaciones posteriores. Además, se revierte la habilitación que permitía a un mismo farmacéutico estar a cargo de más de un punto de expendio, una figura que las entidades profesionales consideraban riesgosa para el control sanitario.
El fallo fue firmado por los jueces Clara Do Pico, Liliana Heiland y Rodolfo Facio, quienes subrayaron que “la actividad farmacéutica no puede ser tratada como una cuestión meramente comercial” y destacaron la necesidad de garantizar el acceso seguro a los medicamentos. En ese sentido, coincidieron con el criterio sentado en el caso “Farmacity” por la Corte Suprema, donde se remarcó que el expendio de medicamentos constituye una función sanitaria esencial.
Desde COFA celebraron la medida y señalaron que “la sentencia protege el rol del farmacéutico como profesional de la salud y garantiza que los medicamentos sean tratados como lo que son: bienes sanitarios, no productos de góndola”. Por su parte, FEFARA destacó que la decisión “restablece el marco legal que preserva la seguridad del paciente y la labor profesional”.
La suspensión también impacta sobre el nuevo esquema que habilitaba a ciertas droguerías a vender directamente al público, una práctica que queda momentáneamente fuera de circulación.
La resolución judicial marca un nuevo límite a la implementación del DNU 70/2023, cuya constitucionalidad sigue siendo objeto de debate en diferentes ámbitos legales y políticos.