
El Juzgado Federal de Campana declaró inconstitucional la medida del Ejecutivo que había frenado la Ley 27.793. El fallo responde a un amparo presentado por una familia con dos hijos con discapacidad. Si bien sus efectos se limitan al caso particular, marcó un importante precedente judicial.
La Justicia declaró este lunes la invalidez del veto presidencial a la Ley de Emergencia en Discapacidad, en un fallo considerado un fuerte revés para el Gobierno nacional.
La resolución, dictada por el juez federal de Campana, Adrián González Charvay, respondió a un amparo presentado por los padres de dos niños de 11 años cuyos tratamientos y educación estaban en riesgo. Los hermanos padecen “trastornos generalizados del desarrollo” y “trastornos específicos en las habilidades escolares” y asisten a un centro educativo terapéutico y a un colegio especial que habían advertido sobre el inminente desfinanciamiento.
El magistrado declaró inconstitucional el artículo 3 del Decreto 534/2025, mediante el cual el Ejecutivo vetó por completo la Ley 27.793. Aunque la medida judicial solo tiene efectos sobre el caso particular, sienta un precedente relevante al subrayar la obligación del Estado de garantizar la protección de los derechos de las personas con discapacidad, especialmente en situaciones de vulnerabilidad.
- Cuáles son sus consecuencias inmediatas del fallo
La resolución judicial respondió a una demanda iniciada por dos personas contra el Estado Nacional y tiene efectos directos sobre las prestaciones que reciben dos menores de edad involucrados en la causa.
- Amparo a favor: La Justicia hizo lugar parcialmente al amparo presentado por dos personas, cuyas iniciales son O.G.J. y D.R.N.
- Orden a la obra social:El fallo ordena que se comunique a la obra social de dos menores (B.N. e Y.N.) para que adecúe sus prestaciones de acuerdo a lo que establecía la Ley de Emergencia en Discapacidad, ahora restituida para ellos.
- Costas a cargo del Estado:El juez impuso que los costos del proceso judicial queden a cargo del Estado Nacional.
Aunque el Gobierno puede apelar la medida, este fallo representa la primera resolución judicial que anula los efectos del veto presidencial en materia de discapacidad y abre la puerta a que se presenten recursos de amparo similares en otros juzgados del país.