
Los dirigentes de a Federación Argentina de Empleados de Comercio y representantes de las cámaras empresariales firmaron un acuerdo para definir la fecha de Día del Empleado de Comercio 2025.
Habitualmente esta celebración se da el 26 de septiembre, pero según lo acordado el 27 de agosto, este año se celebrará el Día del Empleado de Comercio el lunes 29 de septiembre.
Según la Ley 26.541 fija que el 26 de septiembre es el Día del Empleado de Comercio, pero parte de la resolución permite trasladarlo al lunes siguiente. Ese día se aplicarán las reglas del feriado nacional, con los mismos alcances de la normativa vigente en materia laboral.
Los comercios no estarán obligados a cerrar pero deberán acordar con sus empleados la modalidad laboral para esa jornada festiva. La decisión del esquema laboral queda a decisión del empleador y el empleado, en el marco de la normativa vigente.
Los trabajadores mercantiles tendrán la opción de no prestar servicios laborales el lunes 29 de septiembre. Esta alternativa no representa un franco compensatorio del descanso semanal, pero si conllevará un pago de un recargo del 100%, dado a que el Día del Empleado de Comercio se tomará como un feriado nacional, esto quiere decir que si empleado decide no trabajar su sueldo no debería verse afectado en absoluto.