Un juez laboral declaró inconstitucional el artículo 55 de la reforma laboral, que establecía límites a la actualización de deudas en juicios laborales. El fallo cuestiona el mecanismo de cálculo aplicado a causas en trámite y podría impactar en numerosos procesos judiciales en todo el país.
La reforma laboral recibió su primer revés judicial luego de que el juez laboral Ricardo Gileta declarara la inconstitucionalidad del artículo 55, una disposición que establecía límites a la actualización de deudas en juicios laborales y que podía reducir significativamente el monto final que perciben los trabajadores.
El artículo cuestionado fijaba un nuevo criterio para calcular los intereses en los créditos laborales. Según la norma, las deudas debían actualizarse tomando como referencia la tasa del Banco Central de la República Argentina, pero con un tope máximo equivalente a la inflación más un 3% anual y con un piso mínimo del 67% de ese cálculo. En la práctica, ese mecanismo podía implicar una reducción de entre el 20% y el 60% en los montos que finalmente cobrarían los trabajadores en comparación con los criterios utilizados previamente por distintos tribunales laborales.
En su resolución, Gileta sostuvo que el capital adeudado debe recalcularse conforme a lo establecido en el artículo 276 de la Ley de Contrato de Trabajo. Ese esquema establece que los créditos laborales deben actualizarse de acuerdo con la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y sumar un 3% mensual desde el momento en que se produjo la mora hasta el pago efectivo.
El magistrado también advirtió que el artículo 55 introducía un tratamiento distinto entre juicios iniciados antes y después de la sanción de la norma, lo que, a su criterio, vulnera el principio de igualdad ante la ley.
A partir de esta decisión, el juez resolvió que el caso analizado deberá actualizarse bajo el sistema previsto en la legislación laboral vigente, un criterio que podría influir en otras causas similares que actualmente se encuentran en trámite.
