La Cámara Tercera en lo Criminal condenó a Julieta Córdoba y Andrés Bustamante por el homicidio triplemente agravado de la niña Zoe Córdoba. La sentencia también reconoció el hecho como violencia contra la mujer y maltrato infantil.
El tribunal ordenó tratamiento psiquiátrico para los condenados y exhortó al Estado a reforzar la protección de niños vulnerables.
El tribunal integrado por los jueces Karina Cabral, Gustavo Farías y Débora de Aguirre condenó a Julieta Jimena Córdoba y Andrés Regino Bustamante a prisión perpetua por el crimen de Zoe Natasha Córdoba, ocurrido en noviembre de 2021. La madre de la víctima fue hallada culpable del delito de homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y criminis causa. Bustamante, conocido como “el Pastor”, fue considerado coautor penalmente responsable del mismo delito, agravado además por violencia de género.
La lectura de sentencia declaró el hecho como un caso de violencia contra la mujer y maltrato infantil, y dispuso que ambos condenados sean sometidos a tratamiento psicológico y psiquiátrico durante su reclusión. La jueza Cabral detalló que las pruebas científicas, pericias forenses y registros telefónicos permitieron acreditar la autoría y participación de ambos imputados en el crimen. Se mencionó que el cuerpo de Zoe fue manipulado y quemado para simular un accidente.
Además, la sentencia criticó la intervención institucional previa a la muerte de la niña, señalando que existió violencia institucional por parte de organismos que no actuaron con la debida diligencia. Se ordenó comunicar la resolución a diferentes organismos provinciales y nacionales para que se implementen protocolos de protección reforzada a niñas, niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad, con base en la Ley Lucio y estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.