El Poder Ejecutivo nacional, a través de la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte, oficializó la eliminación del régimen de compensaciones económicas que el Estado otorgaba a las empresas de transporte de larga distancia por la entrega de pasajes gratuitos a personas con discapacidad, personas trasplantadas y niños, niñas y adolescentes en tratamiento oncológico.
La medida implica que, a partir de su entrada en vigencia, serán las empresas privadas las que deberán asumir el costo total de estos boletos, que por ley continúan siendo de carácter gratuito para los beneficiarios.
Según los fundamentos oficiales, la decisión se enmarca en el proceso de “simplificación normativa” impulsado por el Gobierno nacional y en la aplicación del Decreto 883/2024, que desreguló el transporte automotor interjurisdiccional. Desde la Secretaría de Transporte se argumenta que, bajo un esquema de mayor libertad tarifaria, las empresas cuentan con herramientas para incorporar estos costos dentro de su estructura operativa sin intervención estatal.
El régimen ahora derogado funcionaba desde 2018 y contemplaba que el Estado compensara parcial o totalmente a las transportistas por los pasajes que debían otorgarse sin cargo en cumplimiento de la normativa vigente de accesibilidad y derechos sociales.
La decisión genera interrogantes sobre su implementación práctica, ya que la obligación de garantizar el traslado gratuito continúa vigente, pero sin el mecanismo de financiamiento estatal que sostenía su funcionamiento. En terminales de ómnibus y en el sector del transporte ya se observaban tensiones previas vinculadas a la entrega de cupos.
El contexto económico agrega presión sobre el sistema. Diversos informes muestran que, desde diciembre de 2023, las tarifas de transporte público han tenido incrementos muy por encima de la inflación general, mientras que el poder adquisitivo de los salarios registró una caída significativa en términos reales. En ese escenario, el gasto en transporte representa una proporción creciente del ingreso de los hogares.
Además, el cambio normativo se produce luego de antecedentes judiciales recientes. En noviembre de 2024, la Justicia Federal había ordenado mantener la gratuidad de los pasajes y sostuvo que el Estado debía garantizar mecanismos de compensación a las empresas, en el marco de la normativa vigente, según lo resuelto por el Juzgado Federal N° 11.
