El Gobierno nacional presentó en el Congreso un nuevo proyecto de Ley de Financiamiento Universitario y Recomposición del Salario Docente que modifica la norma aprobada en 2025 por impulso de la oposición y actualmente vigente, aunque sin aplicación plena.
Según el texto remitido por el Poder Ejecutivo, el objetivo es “armonizar las necesidades de financiamiento de las Universidades Nacionales” con “las reales posibilidades de financiamiento” previstas en el Presupuesto 2026. Se trata de la tercera vez que el Congreso aborda un esquema de financiamiento universitario durante la gestión del presidente Javier Milei.
La primera ley fue aprobada en 2024 y vetada por el Ejecutivo. En 2025 el Congreso sancionó una nueva versión; el Presidente volvió a vetarla, pero en esa ocasión el Parlamento rechazó el veto y la ley quedó firme.
Sin embargo, la norma no se está cumpliendo. En diciembre de 2025, el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), con el respaldo de más de 40 universidades públicas, presentó una acción de amparo por incumplimiento.
Ese mismo mes, el juez federal Enrique Cormick dictó una medida cautelar que suspendió el decreto del Ejecutivo que promulgaba la ley pero postergaba su aplicación hasta que el Congreso indicara las fuentes de financiamiento. El magistrado consideró que existía una “arbitrariedad e ilegalidad manifiesta”. En febrero de 2026 el Gobierno apeló esa decisión y, días después, envió el nuevo proyecto.
Qué cambia el nuevo proyecto
La iniciativa oficial propone una recomposición salarial escalonada para docentes y no docentes de universidades nacionales, con tres aumentos del 4,1 % cada uno a partir del 1º de marzo de 2026.
La ley vigente, en cambio, establece que el Ejecutivo debe actualizar los salarios desde el 1º de diciembre de 2023 hasta la sanción de la norma en un porcentaje no inferior al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del mismo período. Además, dispone que todo incremento sea remunerativo y bonificable, e incorpora en los básicos las sumas no remunerativas. Este punto es eliminado en el nuevo proyecto.
El texto mantiene la obligación de convocar a paritarias al menos cada tres meses, pero elimina la cláusula que garantiza actualizaciones mensuales no inferiores a la inflación publicada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). El nuevo proyecto establece que los gastos derivados de la ley se afrontarán exclusivamente con las partidas de educación universitaria y que cualquier excedente será cubierto con partidas de Obligaciones del Tesoro.
La norma vigente ya prevé que el Ejecutivo disponga los créditos necesarios sin afectar la coparticipación federal ni los aportes del Tesoro a las provincias, y habilita financiar los aumentos con ingresos corrientes que superen lo presupuestado. El Ejecutivo propone que el presupuesto para gastos de funcionamiento se ajuste solo si la inflación supera el 14,3 %, porcentaje promedio anual utilizado para elaborar el Presupuesto 2026. Además, elimina la recomposición correspondiente a 2024, lo que implica que lo perdido frente a la inflación ese año no sería recuperado.
La ley actual establece que el monto debía actualizarse al 1º de enero de 2025 según la variación acumulada del IPC entre mayo y diciembre de 2024, lo que representaría un incremento del 31,9 %. Mientras la ley vigente obliga a actualizar de manera bimestral -según el IPC- las partidas destinadas a hospitales universitarios, ciencia y técnica y extensión universitaria durante 2025, el nuevo proyecto solo contempla un incremento de $80 mil millones para el sistema de salud universitario. No menciona actualizaciones periódicas ni asignaciones específicas para las otras áreas.
Un informe del Centro de Investigación de Economía Nacional, elaborado en colaboración con Feduba (Sindicato de Docentes de la UBA), advierte que el nuevo proyecto no reconoce la recomposición salarial de 2023–2024, propone aumentos parciales en 2026 y no garantiza actualizaciones equivalentes a la inflación.
