En un fallo que generó fuerte repudio de organizaciones periodísticas, el juez subrogante Lucas Alfredo Taboada ordenó silenciar durante seis meses a la Compañía de Circuitos Cerrados S.A., empresa que opera un canal de televisión por cable y una señal digital en Tucumán. La resolución impide difundir, por televisión, radio, redes sociales o cualquier otro medio, contenidos que “injurien, desacrediten, tergiversen o distorsionen” la actuación de fiscales y jueces de la provincia.
La medida, dictada el 4 de noviembre de 2025, fue solicitada por el fiscal general Edmundo “Pirincho” Jiménez, quien denunció una “campaña de desprestigio” en su contra. El expediente, tramitado por el fiscal Daniel Esteban Sosa Piñero, incluye al empresario Gustavo Olarte, titular del medio, y derivó en una investigación penal por “coacción institucional e incitación al descrédito”.
En su fallo, Taboada argumentó que las críticas difundidas por el canal “no constituyen un ejercicio democrático del control ciudadano”, sino un “intento de constreñir y limitar el ejercicio funcional” de los miembros del Poder Judicial. Según el magistrado, los informes del medio configuraron una “campaña pública de hostigamiento y desprestigio contra el sistema de justicia provincial”.
La resolución también ordena comunicar la medida al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), para que supervise su cumplimiento, lo que implica una intervención estatal directa en la tarea de un medio periodístico.
El Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) repudió la decisión y la calificó como “una grave violación a la libertad de expresión y un caso de censura previa”. “Ninguna autoridad del Estado puede impedir de antemano la difusión de opiniones o críticas sobre funcionarios públicos”, señaló el organismo en un comunicado.
Por su parte, la Asociación de Prensa de Tucumán (APT) advirtió que el fallo constituye “un atentado directo a la libertad de prensa y al derecho de la ciudadanía a estar informada”. “El fallo instala un bozal judicial sobre periodistas y medios”, expresó la entidad.
El fallo fue dictado sin audiencia con las partes afectadas, lo que profundiza las críticas sobre la falta de garantías procesales y la discrecionalidad judicial. Juristas y entidades de prensa alertan que se trata de un caso de censura previa sin precedentes en la provincia, que prohíbe por adelantado cualquier crítica hacia funcionarios públicos y deja abierta la posibilidad de sanciones penales o administrativas en caso de incumplimiento.
